La Pena de Muerte y los Individuos

 


Retraso Mental


Atkins v. Virginia


El 20 de Junio, 2002, la Corte Suprema
expidió una decisio en historica que terminó la ejecución de las personas con el retraso mental. En Atkins v. Virginia, la Corte decidió que es una violación de la prohibición del castigo cruel e inusual de la Enmienda Octava para ejecutar a los presos retrasados mentales en el pabellón de la muerte. La decisión refleja el consenso nacional que se ha formado en esta cuestión. (Associated Press, 20 de Junio, 2002).

  • Anteriormente, en 1989, la Corte Suprema decidió (5-4) en Penry v. Lynaugh (492 U.S. 302) que ejecutar a las persons con el retraso mental no era una violación de la Enmienda Octava. En cambio, el retraso mental tiene que ser un factor de mitigación para ser considerado por el jurado durante la fase de la sentencia. Escribiendo por la mayoría, Jueza Sandra Day O'Conner dijo que un "consenso nacional" no había desarrollado contra la ejecución de las personas con el retraso mental. Sólo dos estados, Maryland y Georgia, prohibieron tales ejecuciones. Entre Penry y Atkins, 16 más estados promulgaron leyes prohibiendo la ejecución de los retrasados. El estatuto federal de la pena de muerte también prohibe tales ejecuciones.
  • Antes de Atkins v. Virginia, 18 estados y el gobierno federal no permitieron la ejecución de las personas con el retraso mental: AZ, AR, CO, CT, FL, GA, IN, KS, KY, MD, MO, NE, NM, NY*, NC, SD, TN, WA, and U.S (*excepto el asesinato por un preso).
  • Los expertos de la salud mental han apuntado que las características de los retrasados mentales, como sugestividad y buena voluntad para complacer, les dirigen a confesar a los crimenes capitales, algunas veces falsamente.
  • En 1989, la Asociación Americana de Abogacía (ABA) estableció una política oponiendo la ejecución de los retrasados mentales. ABA decidió que la ejecución de tales individuos no es aceptable en una sociedad civilizada, independientemente de su culpabilidad o inocencia. En 1997, la imposición duradera de la pena de muerte a los retrasados mentales y los menores de edad contribuyeron a la llamada de ABA para una moratoria en la pena de muerte.

Regresar Arriba


Enfermedad Mental


Descripción de la Enfermedad Mental
  • "Cualquiera de las varias condiciones caracterizadas por el impedimiento de una normal función cognoscitiva, emocional, o conductual, y causadas por factores sociales, psicológicos, bioquímicos, genéticos, o otros, como una infección o trauma de cabeza. También llamada enfermedad emocional, dolencia mental, trastorno mental. (The American Heritage® Dictionary of the English Language, Fourth Edition © 2000). Algunos de las enfermedades más comunes experimentadas por los presos en el pabellón de la muerte se pueden incluir:
    • Desorden Bipolar
    • Desorden de la Personalidad de la Frontera
    • Desorden Post-Traumatico de la Tensian
    • Desorden Schizoaffective
    • Esquizofrenia
    • Suicidio
Descripción del Retraso Mental

  • El retraso mental es definido diferentemente que la enfermedad mental. El retraso es indicado por "el subnormal desarrollo intelectual como un resultado de las causas congénitas, herida del cerebro, o enfermedad y es caracterizado por cualquira de varios defectos cognoscitivos, incluso abilidad dañada de aprendizaje, social, y vocacional. También llamado defecto mental. (The American Heritage® Dictionary of the English Language, Fourth Edition © 2000). La Corte Suprema decidió que la ejecución de los retrasos mentales es inconstitucional. 

Casos Importantes y Recientes

Regresar Arriba


Menores de Edad


 

Roper v. Simmons

     
  • La Corte Suprema de los Estados Unidos volcó la pena de muerte para los delincuentes de menores en Roper v. Simmons (2005). 22 presos fueron ejecutados en la era moderna por las delincuencias cometidas cuando tenían menos que 18 años de edad antes de este caso. En Roper, la Corte Suprema decidió que la pena de muerte para los que cometieron los crimenes cuando tenían menos que 18 años es el castigo cruel e inusual y por lo tanto prohibido por la Constitución de los Estados Unidos. 
  • La Opinion de la Mayoría: Por el voto de 5-4, la Corte Suprema de los Estados Unidos decidió el 1 de Marzo de 2005 que las Enmiendas Octava y Decimocuarta prohibieron la ejecución de los delincuentes quienes tenían menos que 18 años de edad cuandao cometieron sus delincuencias. 

    • El Juez Kennedy, escribiendo por la mayoría (Kennedy, Breyer, Ginsburg, Souter, y Stevens), dijo que el Estado no puede extinguir la vida y el potencial de un menor de edad para obtener el entendimiento maduro de su propia humanidad. La Corte reafirmó la necesidad de referir a "los estándares de desarrollo de la decencia que marcan el progreso de una sociedad madura" para determinar cuáles castigos son tan desproporcionados para ser cruel e inusual. La Corte razonó que el rechazo de la pena de muerte para los menores en la mayoría de los estados, el uso infrecuente del castigo aunque está en los libros, y la tendencia consistente hacia la abolición de la pena de muerte para los menores demonstraron el consenso nacional contra la práctica. La Corte determinó que hoy nuestra sociedad piensa de los menores como menos culpables categoricamente que un criminal medio.
  •  
    • La Corte explicó que el criterio primario para determinar si un castigo particular viola los estándares de desarrollo de la decencia es la evidencia objetiva del consenso nacional como expresada por las promulgaciones legislativas y las prácticas de los jurados. La opinión de mayoría enfatizó que 30 estados prohiben la pena de muerte para los menores, incluso 12 estados que han rechazado la pena de muete completamente. La Corte dijo que la decisión de un estado para prohibir la pena de muerte completamente por la necesidad significa que el estado piensa que la pena de muerte es inapropriada para todos los delincuentes, incluso los menores. Además, la Corte apuntó que los jurados habían condenado a los menores a la muerte solamente en los casos raros y la ejecución de los menores es infrecuente.
  •  
    • Además de considerar la evidencia del consenso nacional, la Corte reconoció que tiene que aplicar su propia opinión independiente al determinar si un castigo particular es desproporcionadamente duro. La Corte también indicó que los menores son vulnerables con las influencias y susceptibles a los comportamientos inmaduros y irresponsables. Por la culpabilidad disminuida de los menores, ni la retribución ni la disuasión provee una justificación adecuada para imponer la pena de muerte. El Juez Kennedy dijo que la retribución no es proporcional si la pena más severa de la ley está impuesta en una persona cuya culpabilidad es disminuida, en grado substancial, por la razón de juventud y inmadurez. 
  • Confirmación Internacional: La Corte Suprema indicó que la ejecución de los delincuentes juveniles viola muchos tratados internacionales, incluyendo la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y el Convenio Internacional en los Derechos Civiles y Políticos. También, la Corte declaró que el peso aplastante de la opinión internacional contra la pena de muerte para los menores provee la confirmación para su propia conclusión de la Corte que la pena de muerte es un castigo desproporcionado para los delincuentes que tienen menos que 18 años de edad. 

Regresar Arriba


Las Mujeres y la Pena de Muerte


  • En general, el porcentaje de las mujeres que se encuentran cumpliendo sentencias de muerte es muy bajo en comparación con los hombres. La ejecución de mujeres delincuentes es bastante rara. Solamente once han sido ejecutadas desde 1976. Ellas son: 
  •  
    • Velma Barfield en Carolina del Norte el de Noviembre, 1984
    • Karla Faye Tucker en Texas el 3 de Febrero, 1998
    • Judy Buenoano de Florida el 30 de Marzo, 1998
    • Betty Lou Beets en Texas el 24 de Febrero, 2000
    • Christina Riggs en Arkansas el 2 de Mayo, 2000
    • Wanda Jean Allen en Oklahoma el 11 de Enero, 2001
    • Marilyn Plantz en Oklahoma el 1 de Mayo, 2001
    • Lois Nadean Smith en Oklahoma el 4 de Deciembre, 2001
    • Lynda Lyon Block en Alabama el 10 de Mayo, 2002
    • Aileen Wournos en Florida el 9 de Octobre, 2002
    • Frances Newton en Texas el 14 de Setiembre, 2005
    • Antes de esto, la última mujer ejecutada fue Elizabeth Ann Duncan, en California el 8 de Agosto, 1962. 

  • A partir del 30 de diciembre, 2007, han sido 51 mujeres en el pabellón de la muerte. Esto constituye 1.5% del total de la populación del pabellón y consiste en 3,350 personas.
  • En los 100 años pasados, más que 40 mujeres han sido ejecutadas en los Estados unidos, incluyendo 11 mujeres desde 1976.
Sentencias de Muerte Impuestas sobre Delicuentes Femeninas, 1973 - 2007

 

Año Total de Sentencias de Muerte* Sentencias de Muerte para Mujeres
Porción del Total
1973
42
1
2.4%
1974
149
1
0.7%
1975
298
8
2.3%
1976
233
3
1.3%
1977
137
1
0.7%
1978
185
4
2.1%
1979
151
4
2.6%
1980
173
2
1.1%
1981
224
3
1.3%
1982
265
5
1.8%
1983
252
4
1.6%
1984
285
8
2.8%
1985
266
5
1.8%
1986
300
3
1.0%
1987
289
5
1.7%
1988
290
5
1.7%
1989
259
11
4.2%
1990
252
7
2.7%
1991
267
6
2.2%
1992
287
10
3.5%
1993
289
6
2.0%
1994
315
5
1.6%
1995
318
7
2.2%
1996
320
2
0.6%
1997
276
2
0.7%
1998
300
7
2.3%
1999
279
5
1.8%
2000
231
7
3.1%
2001
163
2
1.3%
2002
159
5
3.2%
2003
144
2
1.4%
2004
125
5
4%
2005
128
5
3.9%
2006
115
4
3.5%
2007
110*
2
1.8%
Total
7,947*
162
2.0%


* Estimados a patir del diciembre 2007

 Regresar Arriba


Víctimas


  • La vindicación de las víctimas y el cierre para las familias de las víctimas son a menudo las razones principales para apoyar la pena de muerte. Sin embargo, mucha gente cree que otro asesinato no traería el cierre y que la pena de muerte es un perjuicio a las víctimas. 

Admisibilidad de Evidencia del Impacto de la Víctima por Estado

No Decidido
Admisibilidad Limitada
Admisible
Connecticut
Indiana
Alabama
Nevada
Montana
Mississippi
Arizona
Nueva Jersey
New Hampshire

Arkansas
Nuevo México
Nueva York

California
Carolinda del Norte
Wyoming*

Colorado
Ohio


Delaware
Oklahoma


Florida
Oregon


Georgia
Pennsylvania


Idaho
Carolina del Sur


Illinois
Dakota del Sur


Kansas
Tennessee


Kentucky
Texas


Louisiana
Utah


Maryland
Virginia


Missouri
Washington


Nebraska
Gobierno Federal y
Fuerzas Armadas de los EEUU

(Fuente: John H. Blume, "Diez Años de Payne: Evidencia del Impacto de la Víctima en Casos Capitales," 88 Cornell Law Review 257, 268 (2003)).



Artículo: Madre de la Víctima de 9-11 Se Opone a la Pena de Muerte para Moussaoui
El hijo de Alice Hoagland, Mark Bingham (foto), fue matados el 11 de Septiembre cuando él se unió con otros pasajeros de United Airlines para obligar el avión para ponerse en tierra porque el avión podía ido hacia la Casa Blanca. Hoagland pidió la vida sin libertad condicional para Zacarías Moussaoui. En una entrevista con The Advocate, Hoagland apuntó que ahorrar la vida a Moussaoui honraría "una reverencia para toda vida" y que prohibiría a alguna gente mirarlo como un mártir. Hoagland dijo: "Nosotros Americanos tenemos la oportunidad de distraer que él sea glorificado como un mártir. . . . Este hombre no se merece ese honor. ..A través de ahorrar su vida, podemos demonstrar nuestra humanidad por reconocer la humanidad de un ser humano quien necesita mucha compasión. A través de ahorrar su vida, podemos vencer el tipo del odio que él nos mostró." (Advocate.com, 9 de Mayo, 2006)

Artículo: Las Víctimas No Quieren Venganza Necesariamente
  • Las víctimas de violencia y terror no son bien servidas necesariamente por un sistema que promete el "cierre" en la forma de la pena de muerte, según un artículo reciente de Washington Post escrito por Dahlia Lithwick. Entre otros casos, el autor cuestiona las suposiciones en el caso del gobierno federal contra Zacarias Moussaoui como se relacionan con las necesidades de los miembros de las familias del ataque 9-11:
    • "Los juicios criminales y la promesa de una ejecución ofrece una herramienta aparentemente atrayente para asignar la culpa y canalizar la rabia. Pero muchas víctimas del crimen han reportado que la repetición interminable de sus historias trágicas, las reglas formales de la ley, y los años y años entre las apelaciones solamente sirven para aumentar el estrés y retrasar la curación."
    • "Muchas, muchas víctimas de tragedia violenta se oponen a esta suposición que su interés en justicia es congruente con el de fiscales del estado pidiendo la pena de muerte. Justo en el último mes, Vicki Schieber, la madre de un estudiante asesinado en 1998 por un violador en serie, dijo que un foco resuelto del gobierno en las ejecuciones quita el foco desde otros, más significativas reformas legales que pueden honrar víctimas mejor y apoyar sus familias. (Washington Post, 26 de Marzo, 2006)
  •  
       

Regresar Arriba


Extranjeros



Extranjeros Bajo la Sentencia de Muerte en los Estados Unidos

  • TOTAL: 124 a partir de 28 de marzo, 2007
  • Por nacionalidad: TOTAL de las nacionalidades: 33

     


SENTENCIAS ACTIVAS DE MUERTE
México 54
España 1
Jamaica 5
Tonga 1
Cuba 7
Trinidad 1
Alemán 2 Filipinas 2
Colombia 4 Nicaragua 1
El Salvador 5 Laos 1
Tailandia 1 Honduras 4
Estonia 1 Egipto 1
Cambodia 4
Bangladesh 1
Vietnam 4 Haiti 1
Croacia 1 Jordania 1
Líbano 1 Irán 1
Perú 1 Nacionalidad Desconocida 6
Canadá 1 Guatemala 1
St. Kitts y Nevis 1 Francia 1
Bahamas 1 Reino Unido 1
Lithuania 2

SENTENCIAS INACTIVAS DE MUERTE
Alemán 1 (esperando resentencia)
Argentina 1 (esperando resentencia)
Jamaica 1 (esperando resentencia)
México 1 (revocado en apelación)

 

Extranjeros en el Pabellon de la Muerte en los EEUU

Hay actualmente 120 extranjeros desde 32 países en el pabellón de la muerte en los EEUU. Hay individuos quienes han sido condenados a la muerte en este país, pero no son ciudadanos de los EEUU. En muchos casos, estos acusados no fueron informados de sus derechos bajo el Artículo 36 de la Convención de Vienna sobre Relaciones Consulares. Este tratado fue firmado y ratificado por los EEUU, pero muchos acusados de los países que también son partes en este tratado no fueron informados de sus derechos para ponerse en contacto con los consulados de sus países. Los consulados tampoco fueron informados puntualmente del arresto de uno de sus ciudadanos. (Mark Warren de Human Rights Research, 6 de enero, 2007).


Derechos Consulares, Extranjeros, y la Pena de Muerte
  • Bajo el Artículo 36 de la Convención de Vienna sobre Relaciones Consulares, las autoridades tienen que informar a todos los extranjeros detenidos "sin retraso" de sus derechos para avisar a los consolados sobre su detención. Por la petición del extranjero, las autoridades tienen que avisar al consulado, facilitar comunicación consular, y conceder acceso consular para el detenido. Los cónsules tienen poder de arreglar la representación legal para sus ciudadanos y proveer una amplia gama de asistancia humanitariana y otras con el consentimiento del detenido.
  • El Marzo de 2004, la Corte Internacional de Justicia determinó en el caso de Avena (México v. USA) que el aviso de los derechos consulares "sin retraso" significa "un deber de las autoridades que arrestan a los extranjeros que les den la información en cuanto se den cuenta de que la persona es un extranjero o en cuanto hayan motivos para pensar que la persona es probablemente un extranjero. En muchos casos, la policía que arresta a la persona podría saber la nacionalidad probable del sospechoso por medio de la confirmación rutinaria de identidad y las investigaciones informatizadas de antecedentes penales, hechas antes, durante, o muy pronto después del arresto. 
  • No ha sido un estudio comparativo sobre este tema, pero los datos disponibles indican que la oportuna asistancia consular baja la probabilidad que pidan o impongan las sentencias de muerte a los extranjeros con cargos capitales. 
  • Sólo 7 casos de conformidad completa con los requisitos de Artículo 36 han sido identificados hasta ahora, desde más que 160 informadas sentencias de muerte. En muchos de los casos restantes, los extranjeros detenidos aprendieron de sus derechos consulares semanas, meses, o aun años después de sus arrestos, típicamente desde los abogados o otros presos, y no desde las autoridades locales. En consecuencia, los oficiales consulares eran muchas veces incapaces de proveer asistancia crucial a los extranjeros cuando sería más beneficioso: el arresto y la fase de antejuicio en los casos capitales. Por ejemplo, las autoridades de Arizona no informaron formalmente a los ciudadanos alemanes Karl y Walter LaGrand de sus derechos de Artículo 36 hasta 17 años después del arresto--semanas justo antes de su ejecución. 
  • En el 28 de Junio, 2006, la Corte Suprema de los Estados Unidos decidieron dos casos juntos que involucran a la Convención de Vienna sobre Relaciones Consulares. En ambos casos, los extranjeros fueron arrestados pero no informados por los oficiales de policía de sus derechos consulares bajo la Convención para pedir que sus consolados fuesen avisados de su detención. La Corte concluyó que las declaraciones hechas por los extranjeros no necesitan ser suprimidas en Sanchez-Llamas v. Oregon y Bustillo v. Johnson. Pero Juez Breyer disentió y dijo que una persona quien entiende sus derechos de Miranda pero no entiende sus derechos consulares debería poder reclamar la supresión como un remedio bajo la Convención de Vienna.

Aunque los acusados en estos casos no fueron condenados a la muerte, la resolución de estos casos decide las preguntas legales que probablemente afectarán a los que están en el pabellón de la muerte.